Por Javier Zapata.
En Nayarit, el sistema de justicia ha dejado de ser un espacio de verdad para convertirse en un terreno de conveniencia. En los escritorios del Ministerio Público se apilan denuncias, declaraciones y oficios que deberían representar el primer paso hacia la justicia; sin embargo, entre ellos se esconden también las denuncias falsas, utilizadas como herramienta de venganza, manipulación o beneficio personal.

Lo más grave no es solo que estas denuncias existan porque toda sociedad tiene su cuota de falsedad y abuso, sino que las autoridades encargadas de investigar las traten con la misma indiferencia que los casos verdaderos, omitiendo su obligación legal de verificar los hechos y determinar si existe falsedad en el dicho o dolo en la acusación. La omisión que destruye vidas
La omisión que destruye vidas
Una denuncia falsa no es un error menor. Es una acusación que puede destruir la reputación, la estabilidad emocional, el empleo e incluso la libertad de una persona inocente.
El artículo 247 del Código Penal Federal establece con claridad que “a quien, con conocimiento de su falsedad, impute a otro un delito ante autoridad, se le impondrá prisión y multa”. En Nayarit, denunciar un delito inexistente no tiene castigo, aunque en la realidad se cometa diariamente, no es tema de importancia para quienes tienen como obligación proteger y salva guardar la seguridad de los ciudadanos.
El delito de calumnia que sancionaba imputar falsamente un delito fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El artículo 335 del Código Penal de Nayarit fue invalidado, dejando un vacío legal que hoy protege a quien miente y castiga a quien dice la verdad.
La omisión no es menor.
Cada denuncia fabricada destruye reputaciones, carreras, familias.
Y cuando servidoras públicas del Ministerio Público omiten investigar si la denuncia es real o falsa, violan su deber constitucional de actuar con objetividad, legalidad y buena fe.
Sin embargo, en la práctica, los Ministerios Públicos rara vez investigan el origen de la denuncia. Cuando el caso se cae o se demuestra la inexistencia del delito, no se inicia de oficio ninguna investigación contra quien mintió.
Esa omisión no solo contradice la ley; convierte al servidor público en cómplice por inacción, violando los principios de legalidad, objetividad e imparcialidad establecidos en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
La responsabilidad del Ministerio Público
El Ministerio Público tiene la obligación de verificar la veracidad de los hechos denunciados y evitar la judicialización de casos sin sustento.
Cuando una agente del MP omite esa verificación, incurre en falta grave: permite el abuso del sistema penal y contribuye a la violación de derechos humanos.
El Artículo 109 Constitucional, en su fracción III, dispone sanciones administrativas y penales para los servidores públicos que, por acción u omisión, perjudiquen la legalidad de los procesos judiciales.
Pero en Nayarit, estas responsabilidades se diluyen en la rutina, amparadas en la costumbre de archivar sin investigar, o de “no meterse en problemas”.
El costo humano y social
Cada denuncia falsa que no se castiga erosiona la confianza en el sistema de justicia, mientras deja impune a quien manipula la ley y desamparado a quien fue acusado injustamente.
Las verdaderas víctimas, aquellas que sufren delitos reales, también resultan afectadas: su credibilidad se pone en duda cada vez que una denuncia falsa sale a la luz.
Así, la impunidad se multiplica y la justicia pierde sentido.
Un llamado Urgente.
Hoy, el pueblo de Nayarit, no exige venganza, exige veracidad, legalidad y responsabilidad institucional.
El Ministerio Público debe recordar que su deber no es complacer intereses, ni velar por sus interes personales, ni proteger estructuras opcional; es una obligación jurídica y moral.
Porque cada vez que una denuncia falsa se archiva sin consecuencias, la justicia deja de ser justicia.
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