Estadísticas de acoso sexual en México.

El acoso sexual en México es una forma de violencia de género reconocida como delito en diversas leyes federales y estatales. A continuación, les proporciono un panorama general basado en información relevante y actualizada:

Definición y marco legal

  • Acoso sexual: Según la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV, 2007), es una forma de violencia que implica un ejercicio abusivo de poder, sin relación de subordinación, que genera un estado de indefensión y riesgo para la víctima. Puede ocurrir en uno o varios eventos.
  • Hostigamiento sexual: Se distingue por darse en una relación de subordinación (laboral, escolar, docente, etc.), donde el agresor usa su posición jerárquica para perpetrar conductas sexuales no deseadas. Está tipificado en el Código Penal Federal (Art. 259 Bis) desde 1991.
  • Conductas típicas: Incluyen comentarios, bromas, piropos, miradas, gestos, contacto físico no deseado, mensajes o imágenes sexuales, entre otros. Estas conductas deben ser no consentidas y causar daño o incomodidad.

Leyes y sanciones

  • Código Penal Federal (Art. 259 Bis): Castiga el hostigamiento sexual con multas de hasta 40 días de salario. Si el agresor es servidor público, puede ser destituido. Solo se persigue por querella de la víctima y requiere probar daño o perjuicio.
  • Leyes estatales: Solo 16 estados tipifican el acoso sexual como delito distinto al hostigamiento. Las penas varían:
  • Coahuila y Guerrero: Hasta 5 años de prisión (8 si es contra menores).
  • Baja California Sur, Quintana Roo, Tamaulipas: 6 meses a 1 año.
  • Puebla: Solo multas, sin prisión.
  • Campeche: No tipifica acoso ni hostigamiento, pero sí el «asedio sexual» (3 meses a 2 años de prisión).
  • Ley Federal del Trabajo (Art. 3 Bis): Considera el acoso y hostigamiento sexual como causas de rescisión laboral y establece multas para empleadores que lo toleren.
  • Ley Olimpia: Sanciona la violencia digital, como la difusión de contenido sexual sin consentimiento, con penas de 3 a 6 años de prisión.

Estadísticas y contexto

  • Según la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU, 2020), 98.6% de los casos de violencia sexual contra mujeres no se denuncian. Aproximadamente 5 millones de mujeres fueron víctimas de delitos sexuales o acoso callejero en el segundo semestre de 2020.
  • En 2018, 19.2 millones de mujeres reportaron haber sufrido alguna forma de intimidación, hostigamiento o abuso sexual en su vida. Por cada 9 delitos sexuales contra mujeres, hay 1 contra hombres.
  • La violencia sexual afecta especialmente a mujeres, pero los hombres también son víctimas, aunque denuncian menos. Factores como pobreza, etnia, discapacidad o migración aumentan la vulnerabilidad.

Casos recientes

  • Misantla, Veracruz (abril 2025): Una joven grabó y denunció públicamente a un hombre que la tocó sin consentimiento, evidenciando la falta de respuesta de las autoridades.
  • Azcapotzalco, CDMX (abril 2025): Ricardo Valdivia Galindo fue detenido tras acosar a una menor de 14 años. Vecinos lo enfrentaron antes de la intervención policial.
  • Coacalco, Edo. Méx. (abril 2025): Un hombre fue señalado por intentar tocar a mujeres en el transporte público, sin reportes de detención.
  • Estos casos reflejan una tendencia de denuncia ciudadana a través de redes sociales debido a la percepción de impunidad.

Desafíos

  • Impunidad: La «cifra negra» (casos no denunciados) es alta (98.6% en 2020), debido a la falta de confianza en autoridades, miedo a represalias, machismo y barreras económicas o legales.
  • Leyes discriminatorias: La figura del «perdón» en delitos sexuales permite a agresores evitar procesos penales mediante presión o coacción, lo que organizaciones como ALIADAS critican.
  • Subregistro: La mayoría de los casos no llegan al Ministerio Público, y las estadísticas oficiales subestiman el problema.
  • Cultura machista: Normaliza conductas como piropos o insinuaciones, dificultando la prevención y denuncia.

Recomendaciones

  • Denuncia:
  • Ámbito laboral: Acudir a la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajo (PROFEDET) o al Comité de Ética de la institución.
  • Ámbito penal: Presentar una querella ante el Ministerio Público o la Fiscalía Especial para Delitos de Violencia contra las Mujeres.
  • Violencia digital: Denunciar bajo la Ley Olimpia en el Ministerio Público local.
  • Prevención: Capacitación en igualdad de género, sensibilización en centros de trabajo y promoción de una cultura de denuncia.
  • Apoyo: Organismos como el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno ofrecen recursos y protocolos para víctimas.

Crítica al sistema

El marco legal mexicano ha avanzado, pero persisten lagunas. La falta de armonización entre leyes federales y estatales, la no obligatoriedad de perseguir el acoso sexual de oficio y la dependencia de la denuncia de la víctima limitan la justicia. Además, los recortes presupuestales a programas de atención a la violencia de género (como las Casas para Mujeres Indígenas) reducen el acceso a servicios esenciales, especialmente para poblaciones vulnerables. La cultura machista, que normaliza ciertas conductas, sigue siendo un obstáculo estructural.

Las estadísticas sobre acoso sexual en México reflejan un problema persistente y generalizado, con datos que varían según la fuente y el contexto (laboral, público, digital, etc.).

Estadísticas generales

  • Prevalencia: Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2016), el 66.1% de las mujeres mayores de 15 años han experimentado alguna forma de violencia, y el 41.3% han sufrido violencia sexual, incluyendo acoso. En 2023, el gobierno reportó que el 49.7% de las mujeres y niñas mayores de 15 años han enfrentado violencia sexual, un aumento desde el 41.3% en 2016.
  • Cifra negra: La Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU, 2020) indica que el 98.6% de los casos de violencia sexual, incluido el acoso, no se denuncian, debido a miedo, desconfianza en autoridades o normalización cultural.
  • Acoso en espacios públicos:
  • Una encuesta de 2022 mostró que el 21% de las mujeres reportaron acoso sexual en la calle, el lugar más común, seguido del transporte público (16%).
  • En 2017, el 34% de las mujeres reportaron acoso en entornos sociales, según INEGI.
  • En la Ciudad de México, el 96% de las mujeres han experimentado acoso sexual en espacios públicos, y el 58% han sido tocadas sin consentimiento.
  • Acoso laboral:
  • El INEGI (2017) señala que el lugar de trabajo es uno de los principales sitios de acoso sexual, con el 38% de las mujeres reportando experiencias de este tipo.
  • Muchas víctimas no denuncian por falta de regulaciones efectivas o temor a represalias.

Datos específicos por tipo de acoso

  • Acoso callejero: Según un estudio de Stop Street Harassment (2018), el 81% de las mujeres y el 43% de los hombres en México han experimentado alguna forma de acoso sexual en su vida, siendo el verbal (77% en mujeres) y el contacto físico no deseado (51%) los más comunes.
  • Acoso digital: En 2021, el 19.6% de las víctimas de ciberacoso en México reportaron que el acosador era un conocido, y el 11.7% un amigo. Las mujeres son más afectadas que los hombres.
  • Acoso en el transporte público: El 96% de las mujeres en la Ciudad de México han sufrido acoso en el transporte público, según INEGI. Esto ha llevado a medidas como vagones exclusivos para mujeres y autobuses rosas.

Tendencias recientes

  • Aumento de denuncias: Según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), los delitos sexuales, incluido el acoso, han crecido:
  • En 2019, se abrieron 1,978 carpetas de investigación por acoso sexual, un aumento del 17% respecto a 2018.
  • En la Ciudad de México, las denuncias por acoso sexual subieron de 961 en 2020 a 1,646 en 2023.
  • A nivel nacional, los delitos sexuales alcanzaron un récord en los últimos tres años (2022-2024), incluyendo acoso, abuso y hostigamiento.
  • Impunidad: El 91% de los casos de acoso sexual denunciados quedan impunes, según organizaciones como México vs. Corrupción.
  • Víctimas jóvenes: El 57% de las mujeres y el 42% de los hombres reportan haber experimentado acoso sexual antes de los 17 años.

Grupos vulnerables

  • Mujeres: Representan el 90% de las víctimas de delitos sexuales.
  • Menores: El 40% de las víctimas de violencia sexual son menores de 15 años.
  • Comunidad LGBTTTIQA+: Hombres homosexuales, trans y no binarios enfrentan altas tasas de acoso, especialmente en prisiones y espacios públicos.
  • Mujeres migrantes: Seis de cada diez mujeres migrantes en México pueden ser víctimas de acoso o agresión sexual, según Amnistía Internacional.
  • Personas con discapacidad: Las mujeres con discapacidad tienen un 69% de probabilidad de experimentar acoso sexual, frente al 59% de las mujeres sin discapacidad.

Contexto y desafíos

  • Subregistro: Las cifras oficiales subestiman el problema, ya que muchas víctimas no denuncian por miedo, estigma o falta de confianza en el sistema judicial. Solo el 15% de los casos de acoso sexual se reportan, según INEGI.
  • Impunidad generalizada: El 98% de los delitos sexuales, incluido el acoso, quedan sin castigo, según el Índice de los Derechos de la Niñez.
  • Cultura machista: La normalización de conductas como piropos o comentarios sexuales perpetúa el acoso, según expertas entrevistadas por El Universal.
  • Falta de políticas efectivas: A pesar de avances legales, como la Ley Olimpia para el acoso digital, la falta de armonización en los códigos penales estatales y la dependencia de la denuncia de la víctima limitan la justicia.

Fuentes de datos

  • INEGI (Encuestas Nacionales y reportes de 2016-2023).
  • SESNSP (Estadísticas de incidencia delictiva, 2015-2024).
  • Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU, 2020).
  • Informes de organizaciones como Equality Now, Amnistía Internacional y México vs. Corrupción.
  • Publicaciones en X que reflejan tendencias recientes (2023-2025).

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