No olvides retirar tus fondos del SAR 92 si eres Ley 73 del IMSS.

Es importante que los trabajadores bajo la Ley 73 del IMSS (quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997) no olviden reclamar los fondos del SAR 92 si cotizaron entre mayo de 1992 y junio de 1997. Estos recursos, que incluyen aportaciones para retiro (2% del Salario Base de Cotización) y vivienda (5% del SBC), fueron depositados en cuentas bancarias elegidas por los patrones antes de la creación de las AFORES y pueden no estar unificados en tu cuenta individual. A continuación, te detallo cómo proceder:

Pasos para retirar los fondos del SAR 92:

  1. Verifica si tienes fondos pendientes:
  • Revisa tu estado de cuenta de AFORE. Si no aparece saldo en los rubros SAR IMSS 1992 o SAR INFONAVIT 1992, pero cotizaste en ese periodo, es probable que tengas recursos por recuperar.
  • Confirma tus semanas cotizadas con una Constancia de Semanas Cotizadas del IMSS.
  1. Regístrate en una AFORE (si no lo estás):
  • Si no tienes AFORE, elige una de tu preferencia y regístrate. Puedes consultar opciones en la página de la CONSAR (www.consar.gob.mx).
  1. Reúne la documentación:
  • Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, etc.).
  • Documento del IMSS con tu nombre completo y Número de Seguridad Social (NSS).
  • Estado de cuenta bancario con CLABE (para depósito).
  • Comprobantes de cotización del periodo 1992-1997 (opcional, pero útil), como:
    • Formularios SAR-02, SAR-03, SAR-04.
    • Estados de cuenta bancarios de la época o recibos de nómina.
    • Constancia de RFC o acta de nacimiento.
  • Tu AFORE debe tener tu Expediente Electrónico actualizado (huellas digitales, foto y firma biométrica).
  1. Acude a tu AFORE:
  • Visita una sucursal de tu AFORE y solicita el trámite de “Solicitud de Traspaso de SAR IMSS 92-97”. Llena y firma el formulario que te proporcionen.
  • Entrega los documentos. El IMSS e INFONAVIT verificarán la información, ya que estos fondos son previos a las AFORES.
  1. Espera la unificación:
  • El proceso puede tomar hasta 60 días hábiles para que los recursos se trasladen a tu cuenta individual en la AFORE.
  1. Retiro de los fondos:
  • Para retirar el dinero, debes cumplir uno de estos requisitos:
    • Tener una resolución de pensión del IMSS (positiva o negativa). Si no la tienes, solicita tu pensión en la subdelegación del IMSS correspondiente.
    • Tener 65 años o más y no contar con una pensión.
  • Una vez cumplido el requisito, llena la “Solicitud de Disposición de Recursos” en tu AFORE. Los fondos se entregarán en una sola exhibición.

Consideraciones importantes:

  • Impuestos: Si retiras los fondos a los 65 años sin separación laboral, la AFORE retendrá el 20% por ISR. Presenta tu resolución o negativa de pensión para calcular exenciones. Puedes acreditar este impuesto en tu declaración anual.
  • Gratuidad: El trámite es gratuito. Desconfía de gestores que cobren o prometan cartas falsas del Banco de México.
  • Plazo: No hay fecha límite para reclamar, pero hacerlo pronto asegura que los recursos se integren a tu AFORE y generen rendimientos.
  • Fondos no reclamados: Los recursos no unificados fueron transferidos a una cuenta concentradora del gobierno en 2002, pero aún puedes recuperarlos con el trámite adecuado.

Recomendaciones:

  • Si no estás seguro de haber cotizado en ese periodo, consulta tu historial en el IMSS o llama a SARTEL (55 13 28 50 00, opción 1) con tu NSS, nombre, fecha de nacimiento y datos de contacto.
  • Si tienes dudas, agenda una cita con tu AFORE o visita www.e-sar.com.mx para una pre-solicitud de retiro (para mayores de 65 años).
  • Revisa regularmente tu estado de cuenta de AFORE para asegurarte de que todos tus recursos estén unificados.

Este ahorro es un complemento valioso para tu retiro, así que no lo dejes olvidado.

Entradas relacionadas

Deja tu comentario